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Consideraciones Fiscales


1. Como persona física al presentar la declaración anual y tener saldo a favor ¿en cuánto tiempo recibiré la devolución en esta contingencia de la COVID19?

El SAT depositará la devolución en 3 días


2. ¿En la declaración anual puedo deducir gastos médicos, incluso la prueba de COVID19?

Sí, hasta $147,014 pesos o hasta el 15% de su salario el que sea menor puede deducir


3. ¿Por la COVID19 hay prórroga para presentar declaración anual?

No hay prórroga ni en personas morales ni en personas físicas


4. Por la COVID19 no cuento con recursos para cumplir con el pago anual de impuestos. ¿Puede el SAT autorizar pagar en el segundo semestre del año?

Sí, siempre que el contribuyente solicite el pago diferido, pero deberá pagar actualización y una garantía


5. Ante la cuarentena por la COVID1919, ¿la declaración anual de impuestos debe presentarse en las oficinas del SAT?

No, la declaración anual se presenta en línea, ya está precargada y solo se requiere validarla


6. Los comercios que cerraron a causa de la contingencia sanitaria y no reportaron ingresos ¿deben presentar declaración de impuestos mensual?

Sí, debe presentarse declaración, si no hay ingresos se reporta en ceros


7. ¿El Gobierno Federal emitió algún estímulo o facilidades fiscales como respuesta al Covid-19?

No, ninguno


8. ¿El Gobierno Federal autorizó el diferimiento de pago de contribuciones de seguridad social por la contingencia sanitaria?

No, la obligación se debe cumplir oportunamente


9. ¿El pago de IVA e IEPS de marzo, abril y mayo del año 2020 se podrá enterar en 3 parcialidades?

No, hay una iniciativa pero aún no se aprueba


10. Como apoyo a las empresas para la contingencia sanitaria ¿el SAT permitirá deducir en ISR en forma inmediata la compra de activos?

No, solo hay una iniciativa pero no está aprobada


11. Ante una emergencia médica, ¿puedo circular con un vehículo que por el cierre de los centros de verificación no verifiqué?

Sí, pero es necesario que obtenga constancia provisional para circular por emergencia sanitaria COVID19 en: http://189.240.89.19:8080/ConstanciaCOVID/ Deberá imprimir el archivo PDF y tenerlo en el automóvil


12. ¿Qué vigencia tiene la constancia provisional para circular en la CDMX?

Tiene 30 días de vigencia a partir de la fecha de expedición


13. Los contribuyentes con actividad empresarial ¿pueden deducir las deudas de sus clientes porque ante la emergencia sanitaria perdieron su trabajo y no pagan sus adeudos?

No, solo pueden deducir créditos incobrables las personas morales transcurrido un año del incumplimiento de pago. No es aplicable la deducción por la emergencia sanitaria.


14. ¿Durante la pandemia puedo ser objeto de una auditoría fiscal?

No, todos los procedimientos administrativos se han suspendido


15. ¿Por la emergencia sanitaria el SAT estableció que se requiere firma electrónica (e.firma) para solicitar la devolución de impuestos, si al presentar la declaración anual como persona física obtuve saldo a favor?

No es una nueva disposición, así lo establece la ley, cuando el saldo a favor es superior a $10,000.00 (diez mil pesos) es necesario contar con la e.firma


16. ¿En la CDMX la fecha límite de pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos venció el 31 de marzo del 2020 se otorgó alguna prórroga?

Sí, se otorgó ampliación de la condonación al 30 de abril del 2020


17. Por la emergencia sanitaria y para frenar la transmisión del Covid-19 ¿no laboran las 49 aduanas de México?

Las aduanas realizan una actividad esencial, por lo que siguen operando normalmente


18. Ante la pandemia por COVID9, ¿cómo se realiza la repatriación de los mexicanos que enfermen y mueran fuera del territorio Nacional?

Los trámites se realizan por los familiares ante la embajada o consulado mexicano. La asesoría y orientación se podrá obtener en https://www.gob.mx/sre


19. Si me fue notificada una resolución determinante de créditos fiscales por el SAT, ¿el plazo para interponer el recurso de revocación se encuentra suspendido?

Sí, todos los procedimientos administrativos se han suspendido


20. ¿El plazo para interponer la demanda de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra suspendido?

Sí, todos los procedimientos administrativos se han suspendido


21. Si me fue notificada una resolución determinante de créditos fiscales por la Secretaría de Finanzas o por la Tesorería de la Ciudad de México, ¿el plazo se encuentra suspendido para interponer el recurso de revocación local?

Sí, todos los procedimientos administrativos se han suspendido


22. ¿El plazo para interponer la demanda de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México se encuentra suspendido?

Sí, todos los procedimientos administrativos se han suspendido


23. ¿La prestación de servicios legales por un despacho, es una actividad esencial que debe continuar brindándose?

Sí, por estar involucrado con la procuración e impartición de justicia


24. ¿El Acuerdo del Secretario de Salud debe cumplir algún requisito para su validez?

Sí, debe ser confirmado y validado por el Presidente de la República


25. ¿Además de restringir la movilidad de las personas, qué otras acciones puede dictar el Secretario de Salud para controlar la emergencia sanitaria?

Puede incluso restringir las reuniones de personas, la entrada y salida de las poblaciones, regular el tránsito de personas, cosas y medios de trasporte y utilizar libremente algunos servicios.


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