Artículo de: Tomo LVI    •    Número 246    •    México D.F., 2006

 

REFLEXIONES SOBRE EL “DICTAMEN RELATIVO AL CÓMPUTO FINAL DE LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”

Pedro Salazar Ugarte*

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E

l 5 de septiembre de 2006, después de dos meses de incertidumbre y tensión electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictaminó y, en la misma sesión, realizó el cómputo final de los votos, calificó la elección y declaró a Felipe Calderón como futuro Presidente de México. La definitividad jurídica de la resolución y su condición de inatacabilidad sirvieron para zanjar la dimensión institucional del conflicto postelectoral. No obstante, como era de esperarse, la decisión de los jueces electorales no logró aminorar las sospechas y el escepticismo de un número importante de los seguidores de Andrés Manuel López Obrador. Mientras los vencedores y una parte importante de la población, cansada ya de los avatares y conflictos que siguieron a los comicios, celebraron el fin del proceso; los perdedores vivieron la resolución del máximo órgano electoral como la puntilla de un agravio cuidadosamente orquestado para impedir a su líder instalarse en los Pinos. Nada fuera del guión de una elección competida y marcada por los denuestos; pero, contra el diagnóstico de muchos, poco a poco, los efectos políticos y jurídicos de la decisión del Tribunal se han venido afirmando.

Un dato importante, al menos para los estudiosos, es que el dictamen y las sentencias que recayeron a los juicios de informidad que presentaron los partidos políticos y coaliciones, están ahí, abiertos para el análisis, la discusión y el debate. En 2006, a diferencia de las elecciones de los años 80's y 90's del siglo XX, la información electoral, los datos duros y los argumentos blandos, quedan abiertos para quienes quieran escudriñarlos. En los siguientes párrafos ofrezco un acercamiento reflexivo y general al dictamen del TEPJF. Aunque estoy convencido de que la calificación jurídica de la elección se edificó, sobre todo, sobre las resoluciones a los juicios de informidad y, por lo mismo, sugiero a los estudiosos hacer una valoración objetiva y desapasionada de las mismas; también reconozco que el dictamen bajo análisis tuvo y seguirá teniendo una relevancia que rebasa sus bondades técnicas y argumentativas. Con una fundamentación mínima y una motivación discutible, los señores(as) magistrados(as), se dieron a la tarea de calificar una elección sumamente compleja y accidentada. Por lo mismo -coinciden diversos analistas y estudiosos- la valoración de la calificación de la elección, vista únicamente a la luz de este acto jurisdiccional, ha sido insatisfactoria. La reflexión no carece de sustento pero me parece que no debemos observar al dictamen como un documento aislado cuyos efectos pueden valorarse con una mirada endógena; sino que debe estimarse a la luz de los actos políticos y jurídicos que se encuentran detrás del mismo y que exigen una ponderación de conjunto. De lo contrario corremos el riesgo de incurrir en un juicio parcial y, por lo mismo, falaz.

En las líneas que siguen propongo un mirador para observar al dictamen del Tribunal Electoral: la garantía de los derechos político electorales de los millones de mexicanos que asistimos a las urnas. Detrás de la adopción de esta perspectiva descansa una convicción profunda en el sentido de que un órgano jurisdiccional garantista debe colocar los derechos de todos los individuos/ciudadanos como criterio orientador de su actuación. Estoy convencido que esta clave de interpretación es suficiente para entender porqué, a pesar de la falta de contundencia de algunas de sus aseveraciones, los magistrados declararon válidos los comicios. Quienes, de buena fe, piensan que lo mejor hubiera sido anular la elección deben hacer cuentas con un hecho contundente: ello habría implicado invalidar, abolir, desautorizar el derecho/poder de los mexicanos -de los que votaron por uno u otro de los candidatos punteros y de los que no apoyaron a ninguno de ellos- para decidir quien debe ser el presidente en turno del país.