Artículo de: Tomo LV    •    Número 244    •    México D.F., 2005

 

LA CONTRIBUCIÓN DE ADOLF MERKL A LA TEORÍA PURA DEL DERECHO*

Gabriele KUCSKO-STADLMAYER**

SUMARIO: I. La escuela vienesa de la teoría del Derecho. II. Hans Kelsen y Adolf Merkl. III. La posición teórico-jurídica de Merkl. 1. Explicación general. 2. La teoría de la estructura escalonada del ordenamiento jurídico. 3. Dualidad jurídica de todos los actos del Estado. 4. La teoría de la Rechtskraft. 5. El principio lex posterior derogat priori. 6. El cálculo de los actos viciados. 7. La teoría de la interpretación de Merkl. IV. Conclusión.

I. LA ESCUELA VIENESA DE LA TEORÍA DEL DERECHO

La significación de Hans Kelsen no se agota en su actividad como autor. Fue un maestro fascinante que reunió a su alrededor, en la Universidad de Viena, a un círculo de discípulos nacionales y extranjeros, fundando así, una comunidad que hoy es conocida como “la Escuela Vienesa de Teoría del Derecho”. Para la formación de esta escuela fue decisivo el escrito de habilitación de Kelsen Hauptprobleme der Staatsrechtslehre. Entwickelt aus der Lehre vom Rechtssatze,[1] donde establece, por primera vez su Teoría pura del Derecho. Ya en 1923, en ocasión a la segunda edición de esta obra, señala Kelsen que la teoría pura del Derecho es “la obra común de un conjunto de teóricos que mantienen la misma dirección y que forman un círculo de personas que continuamente se está ampliando”, colocando, así, en segundo término, su propia contribución en la creación de la Teoría pura del derecho. Kelsen habla de “un conjunto de personas que tienen las mismas aspiraciones, a lo que se suele denominar una ‘escuela’ y que sólo lo es en el sentido de que en ella cada cual intenta aprender de los demás, sin renunciar por ello a andar su propio
camino”.[2] La mencionada escuela sería conocida más allá de las fronteras austriacas, a lo largo y ancho de Europa, aunque su punto de referencia fue siempre el estrecho círculo que se formó alrededor de Kelsen en la Facultad de Derecho de Viena.

** Este artículo es una adaptación de la coferencia dictada por el autor en el Seminario Internacional sobre la obra de Hans Kelsen, organizado por el Hans Kelsen Institut Stiftung de Viena y la Fiscalía General de la República de Cuba, y la Unión Nacional de Juristas de Cuba, celebrado en la ciudad de La Habana, Cuba. El tiempo transcurrido para la publicación de este artículo no es imputable al autor.
** Profesor miembro del Instituto Hans Kelsen de Viena.
[1] Tubinga, J.C.B, Mohr, (Paul Siebeack) 1911. La segunda edición apareció en 1923 por la misma editorial y fue reimpresa por Scientia Verlag Aalen, Darmstadt, en 1960 Existe versión española de Wenceslao Roces, con introducción de Ulises Schmill: Problemas capitales de la teoría jurídica del Estado. (Desarrollados con base en la doctrina de la proposición jurídica), México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM/Editorial Porrúa, 1987 (Serie G: Estudios Doctrinales, núm. 103). NE.
[2] Reine Rechtslehre apareció con el subtítulo: Einleitung in die rechtswissenschaftliche problematik, Lepizig y Viena, Franz Deuticke Verlag. Reimpresa por Scienta Verlag Aalen, Darmstadt, en 1985 con un prólogo de Stanley L. Paulson. Existe versión española de Jorge G. Tijerina: La teoría pura del derecho. Introducción a la problemática científica del derecho, con introducción de Carlos Cossío, Editorial Lozada, S.A., 1941, (Reimpresa por la misma editorial en 1946 y, posteriormente en México por Editora Nacional 1981). Esta traducción fue precedida por la publicación de un trabajo inédito en alemán traducido por Luis Legaz y Lacambra: La teoría pura del derecho. MØtodo y conceptos fundamentales, Madrid, Revista de Derecho Privado, 1933 (reimpreso en México por Colofón, S.A., 1989). (En lo sucesivo se cita: Reine Rechtslehre).El prólogo de la primera edición se conserva en la segunda edición (Reine Rechtslehre, Viena, Franz Denticke, Verlachbuchhandlung, 1960. Existe versión española de Roberto Vernengo, y presentación de Rolando Tamayo y Salmorán: Teoría pura del derecho, México, UNAM/Porrúa, 1991 [1979] Vid.: op., ul. cit., p. 9.